sábado, 16 de febrero de 2013

Testamento Vital , Que es?? Donde se realiza?? para que sirve

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 Registro deVoluntades Vitales Anticipadas o lo que conocemos como Testamento vital 


http://www.juntadeandalucia.es/salud/sites/csalud/galerias/imagenes/c_2_c_8_voluntad_vital_anticipada/guia_nueva.jpg¿Qué es la Declaración de Voluntad Vital Anticipada?

Es un documento en el que una persona refleja sus preferencias sobre las actuaciones sanitarias de las que pueda ser objeto en el futuro, en el supuesto de que llegado el momento carezca de capacidad para decidir por sí misma, según dispone la Ley 5/2003 del 9 de Octubre.

¿Quien puede hacer la Voluntad Vital Anticipada?

El derecho a realizar la declaración de voluntad vital anticipada puede ejercerlo toda persona mayor de edad o menor emancipada que esté en disposición de decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias. La inscripción de la Voluntad Vital Anticipada ha de hacerse personalmente.

¿Dónde puedo realizarla?

En las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud de Andalucía y otras sedes habilitadas que se abrirán en los próximos meses.
Usted acudirá a una de las sedes del Registro el día y la hora que haya elegido al solicitar la cita a través de Salud Responde. Recuerde que deberá acudir personalmente y llevar la documentación necesaria.
Puede obtener más información en Salud Responde, llamando al teléfono 902 505 060.

¿Qué se necesita para hacerla?

Necesita usted el documento nacional de identidad o pasaporte y cumplimentar los documentos que están disponibles en todos los centros sanitarios públicos de Andalucía, y que puede consultar en la página web de la Consejería de Salud.
Si la persona declarante es menor de edad emancipada, necesita presentar la documentación que acredite dicha la situación de la persona emancipada.

¿Cómo se hace la declaración?

Ir a la Guía para hacer la Voluntad Vital Anticipada Es recomendable que usted hable con sus familiares y con profesionales sanitarios de su confianza acerca de su interés por registrar su voluntad Vital Anticipada.
Una vez lo tenga decidido, usted deberá solicitar en el teléfono de Salud Responde (902 505 060) una cita para personarse en la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social, por usted elegida, para presentar su declaración. Tenga en cuenta que el Registro de Voluntades Vitales de Andalucía es único, por lo que su inscripción es independiente del lugar que elija.

Los documentos que ha de llevar consigo son:
  • Documento que acredite su personalidad: DNI o pasaporte.
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Descarga aquí la versión más actualizada.
Si nombra a una persona que le represente debe presentar la aceptación del representante y una fotocopia del DNI de la persona elegida, esta fotocopia solo es necesaria en el caso de que el representante no consienta el acceso a la base de datos de verificación del DNI/NIE.
Si nombra a una persona sustituta del representante debe presentar el documento de aceptación del sustituto del representante y una fotocopia del DNI de la persona elegida, esta fotocopia solo es necesaria si el sustituto no consiente el acceso a la base de datos de verificación del DNI/NIE.
Si usted es menor de edad pero posee alguna documentación que acredita su condición de emancipado o emancipada, deberá presentarla. La solicitud y la declaración de voluntad vital anticipada y los demás documentos de aceptación de los representantes, si decide nombrarlos, podrá encontrarla usted en cualquier centro sanitario público de Andalucía; así como consultarlos en esta misma página web.

¿Puedo nombrar representante?

Sí, puede nombrar una persona que decida por usted en aquellas situaciones en las que no pueda expresar su voluntad de manera autónoma. Es necesario que quien le represente dé su consentimiento por escrito en un documento de aceptación del representante. Este documento podrá encontrarlo también en los centros sanitarios públicos de Andalucía, y consultarlo en esta página web. Lo mismo sucede en el caso en que quiera designar una persona que sustituya a su representante. Esa persona también tendrá que dar su consentimiento por escrito en un documento de aceptación del sustituto del representante que podrá encontrar y consultar en los lugares indicados con antelación. En estos casos para presentar su declaración deberá llevar también la aceptación del representante y la aceptación del sustituto del representante cuando los haya designado.
No es necesario que la persona que le represente, y quien le sustituya en su caso, acuda con usted personalmente a la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social. Bastará con que junto con el documento de aceptación del representante y del sustituto del representante, usted aporte un documento que acredite la personalidad del representante o la representante. Dicho documento bien puede ser el DNI o el Pasaporte, u otro documento equivalente, o una copia de los mismos debidamente compulsada notarial o administrativamente.
La fotocopia del DNI/NIE de la persona representante y de su sustituto/a no es necesaria si la persona a la que va a nombrar consiente el acceso a la base de datos de verificación de DNI/NIE.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse y entrar en vigor?

Si la documentación está completa y cumple todos los requisitos, será efectiva desde el momento en que se inscriba en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.
En el mismo acto de su presentación, usted puede solicitar al Secretario General de la Delegación Territorial de Salud copia de su declaración, así como certificado de haber presentado la misma.
Debido a los cambios que estamos realizando para adecuarnos a cambios normativos recientes, la inscripción en el Registro se verá aplazada unas semanas.

¿Qué ocurre si entro en una situación de incapacidad para decidir fuera de Andalucía?

Los profesionales sanitarios que le atiendan fuera de Andalucía no pueden acceder al Registro para ver su declaración, aunque se está trabajando para que sea posible en las próximas semanas a través del Registro Nacional de Instrucciones Previas.
No obstante, desde el momento en que la presente, usted puede disponer tanto de una copia de su declaración, como de un certificado de haberla presentado, documentos de los que puede hacer el uso que estime oportuno.

¿Los profesionales sanitarios andaluces pueden consultar las declaraciones inscritas en otras Comunidades Autónomas y en otros países?

No. Actualmente sólo pueden consultar las declaraciones inscritas en Andalucía. Se está trabajando con el Ministerio de Sanidad y Política Social para conectar el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas y el Registro Nacional de Instrucciones Previas. Una vez finalizados estos trabajos en las próximas semanas, los profesionales sanitarios podrán consultar la Voluntad Vital Anticipada registrada en Andalucía desde cualquier punto de España.

¿Puedo cambiar mi declaración?

En cualquier momento que lo desee por el mismo procedimiento por el que llevó a término su inscripción la primera vez.

¿Quién tiene acceso a ese documento?

El profesional sanitario que esté a cargo de su proceso clínico en el momento en el que sea necesario consultar su declaración.

¿Cuándo se accedería a dicha declaración?

Sólo en las circunstancias descritas, cuando el profesional sanitario deba tomar una decisión, y usted no pueda decidir de manera autónoma. El profesional sanitario está obligado a consultar el registro en esos casos.

¿Si fallezco y mis herederos quieren saber cuál fue mi declaración, pueden obtenerla?

Tras el fallecimiento, pueden acceder a su voluntad vital anticipada su representante legal y las personas vinculadas a la persona fallecida por razones familiares o de hecho salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.

¿Quién puede revocar mi declaración? ¿En qué circunstancias?

Sólo usted puede hacerlo y puede ejercer ese derecho en el momento que lo desee por el mismo procedimiento utilizado para la inscripción.

Si ya tengo la tarjeta de donante y mi Declaración de Voluntad Vital no coincide con la tarjeta, ¿qué será tenido en consideración?

Prevalece la declaración de voluntad vital anticipada sobre cualquier otro documento.

Tras la implantación del nuevo sistema de registro ¿qué sucede con la Declaración de Voluntad Vital inscrita en Andalucía con anterioridad?

Actualmente, con las actuaciones de mejora que se están acometiendo en el sistema de Registro, se implanta un nuevo modelo de formulario y de inscripción.
Si había inscrito su Declaración de Voluntad Vital Anticipada en el Registro, con anterioridad a estos cambios y utilizando el anterior formulario, esa información será trasladada íntegramente al nuevo sistema, e incluida en el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) y en la Historia de Salud.
Una vez copiada toda la información en el nuevo sistema, cualquier modificación de su VVA, así como la inscripción con los nuevos formularios, sólo se podrán realizar a través de la nueva versión. Asimismo, las nuevas inscripciones que se realicen, se inscribirán automáticamente también en el RNIP y en la Historia de Salud.
En el caso de que tras su inscripción en el Registro de Andalucía hubiera inscrito otra declaración en otra Comunidad Autónoma, al realizar el volcado masivo al Registro Nacional de Instrucciones Previas, se conservará la declaración con fecha de inscripción más reciente. El sistema facilitará esta información, dándose de baja a la declaración inscrita en el registro andaluz. En el caso contrario, el RNIP avisará a la Comunidad Autónoma donde se inscribió su declaración con fecha menos actual, para que proceda a darle de baja.

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